El gobierno aumenta las retenciones por IRPF a profesionales del 15% al 21%

 

Nos hemos escandalizado con el aumento del IVA, pero había más… dentro del paquete de ajuste del Gobierno, incluso había letra pequeña dentro de la letra pequeña.

Tras el anuncio de Mariano Rajoy, el miércoles en el Parlamento y la rueda de prensa del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, al término del Consejo de Ministros de este viernes, el Ejecutivo difundió la referencia de la reunión en la que se incluyen recortes muy importantes tanto para profesionales como para las grandes empresas.

Y estos recortes son:

1- Las retenciones por rendimientos profesionales pasan del 15% al 21% desde el 1 de agosto hasta finales de 2013. Los colectivos que se verán afectados por esta medida son autónomos y trabajadores dedicados a actividades profesionales como abogados, arquitectos o consultores, que ejercen las llamadas profesiones liberales.

2-También se eleva temporalmente el ingreso a cuenta por rentas del trabajo derivados de impartir cursos, seminarios o conferencias, obtenidos desde el 1 de agosto de este año hasta el 31 de diciembre de 2013, es decir, aquellos trabajadores que esporádicamente realizan este tipo de actividades y lo incluyen luego en su declaración de la Renta. La medida también afecta a los periodistas que colaboran esporádicamente con los medios y a los tertulianos.

Este pago a Hacienda se retrae del importe total de cualquier factura por actividad profesional, salvo en los sectores agrícolas, ganaderas y forestales, donde la retención es del 2%.

En realidad, esto no supone un mayor ingreso para Hacienda, sino simplemente que hemos de anticipar al fisco una cantidad mayor hasta la siguiente liquidación del impuesto. A final de cada ejercicio, tal y como sucede con las retenciones que se realizan en el IRPF, el profesional pasa cuentas con la Agencia Tributaria. Pero hasta entonces Hacienda dispondrá del dinero retenido asegurándose una mayor liquidez sin tener que esperar a cerrar el ejercicio. ¿Qué puede tener de beneficioso para el crecimiento del país retirar de la circulación una cantidad mayor de dinero sin otro beneficio que el de aliviar la tesorería de Hacienda?

3- Las grandes empresas también van a sufrir un ajuste adicional al de la subida del IVA. La modificación del impuesto de sociedades para impedir que las compañías que tengan una cifra de negocios superior a los 20 millones de euros puedan aplicarse créditos fiscales en 2012 y 2013, es decir, deducciones del impuesto a cuenta de las pérdidas de ejercicios anteriores. Solo las pequeñas y medianas empresas podrán compensar las bases imponibles negativas. Lo que supone que muchas grandes compañías estén “que trinan”, ya que han incurrido en grandes pérdidas tanto por la depreciación de activos o fuertes amortizaciones, que podían compensar parcialmente en el impuesto de sociedades en los ejercicios siguientes donde registraban beneficios.

4- Pero eso no es todo. Hacienda introduce un nuevo gravamen del 10% “sobre rentas de fuente extranjera”, pero que solo se aplicará hasta el 30 de noviembre de 2012. Aunque la referencia no aclara a qué tipo de rentas, se trata de una ampliación de la amnistía fiscal para las empresas que repatrien dividendos o beneficios de paraísos fiscales.

Ya se aprobó un gravamen del 8% para la repatriación de beneficios de países con baja tributación que no tenían las exenciones de los beneficios logrados en el resto de países. Un nuevo gravamen al 10%, con el mismo plazo que la amnistía general, da a entender que el Gobierno da barra libre a las empresas para que regularicen cualquier tipo de renta repatriada, incluyendo las de dudosa procedencia. Así, los defraudadores que se acojan a esa amnistía, tienen hasta el próximo 30 de noviembre para presentar la declaración de regularización tributaria.

5- Otra modificación es un incremento transitorio de los pagos fraccionados. El importe mínimo se eleva del 8% al 12%. El tipo también se incrementa para entidades con un volumen de operaciones superior a los 10 millones. Asimismo, se amplía la limitación de la deducción por gastos financieros, haciéndola extensiva a todas las empresas, independientemente del grupo mercantil.


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