Papá, mamá, quiero ser autónomo

Has decido darte de alta como autónomo y no sabes por donde empezar. Pues si dispones de tiempo, anímate a hacer los primeros trámites por tu cuenta:

Lo primero que tendrás que hacer es

1º- Darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Aunque no vayas a superar unos ingresos de 1.000.000 de euros, es obligatorio que te des de alta. Para ello tendrás que dirigirte a la Administración de Hacienda y rellenar el impreso adecuado, que será uno de los siguientes: 845, 846, 850 o 851, según el tipo de cuota (municipal, provincial o nacional). Al mismo tiempo, tendrás que darte de alta en el epígrafe de la actividad o actividades, que indica en qué consiste tu trabajo.

2º- Darte de alta en el Censo de Hacienda, impreso 036 o 037, dependiendo de si es en régimen ordinario o simplificado, respectivamente.  Es obligatorio presentarla. Además, tendrás que elegir cómo quieres realizar los pagos del IRPF (Impuesto de la Renta de sobre las Personas Físicas) y la declaración trimestral del IVA(Impuesto sobre el Valor Añadido). Revisa y consulta en la Administración si tu actividad puede estar exenta de IVA, puesto que si es de esta forma, no te hará falta realizar la declaración trimestral obligatoria. Para hacer la declaración censal, necesitarás el DNI y el documento de alta en el IAE.

3º- Darte de Alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social. Después de obtener los correspondientes certificados en Hacienda (pasos 1º y 2º), tienes 30 días para dirigirte a la Tesorería de la Seguridad Social y presentar el impreso TA.0521. Necesitarás las copias de los documentos que certifican tu alta en Hacienda, además de una fotocopia del DNI, la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social y el documento para darte de alta en una mutua, lo que te permitirá recibir una prestación económica en caso de baja temporal.

¡Suerte!


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